Artículo 124 Fracción I 2018
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Artículo 124. Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los órganos político-administrativos, Alcaldías o Demarcaciones Territoriales deberán mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de Internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
Periodo de actualización: trimestral
Conservar en el sitio de Internet: Se deberá conservar al menos, la información correspondiente al ejercicio anterior y al ejercicio en curso
Aplica a: municipios y Órganos Político Administrativos de la Ciudad de México
Área(s) o unida(es) administrativa(s) responsable(s) de la información:Dirección General de Desarrollo Social, Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, Dirección General de Turismo y de Fomento Económico y Cooperativo, Dirección General de Participación Ciudadana, Dirección General de Servicios Urbanos, Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, Dirección General de Asuntos Jurídicos y de Gobierno, Dirección Integral de Riesgos y Protección Civil y Coordinación de Seguridad Pública.